CONSULTA DE BASES DE DATOS JURIDICAS
Descripción:
Este servicio, posibilita a los Ayuntamientos usuarios de la Red Provincial que lo soliciten, así como a los Organismos públicos y empresas de ellos dependientes que también sean usuarios, poder utilizar los servicios de consulta de bases de datos jurídicas y demás que, con carácter general apruebe la Comisión Permanente del Convenio Marco.
De conformidad con la Norma Provincial para la Prestación de los Servicios de Administración electrónica y de Tecnologías de la Información y Comunicaciones a los Entes Locales de la Provincia BOP n.48 de 12/03/2019). En el caso de Entidades Locales de menos de 20.000 habitantes, de conformidad con lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, es un servicio propio de administración electrónica.
Destinatarios:
Ayuntamientos 1. <= 1.000,Ayuntamientos 2. >1000 <= 5000,Ayuntamientos 3. >5000 <= 10000,Ayuntamientos 4. >10000 <= 20000,Ayuntamientos 5. >20000 <= 50000,Ayuntamientos 6. >50000 <= 100.000,Ayuntamientos 7. >100.000,Consorcios,Empresas Públicas,Entidades Locales Autónomas,Mancomunidades,Organismos Autónomos,Organismos y Empresas de Comunicación,Dependencias Internas
Requisitos exigibles:
AYUNTAMIENTOS usuarios de la Red Provincial de Comunicaciones
Para que sea posible el servicio, los usuarios del mismo deberán contar con ID de firma electrónica acordada de la Red Provincial y utilizar un puesto de conexión conectado a dicha Red. Prerrequisitos que podrán cambiar en el futuro, si los condicionantes técnicos o de Operadora prestadora del servicio, lo requirieran. Anualmente, la primera Comisión Permanente de la Red Provincial informará las liquidaciones que realice la Diputación por las aportaciones que correspondan a los Entes Locales receptores de los servicios, para la financiación de los mismos, de conformidad con las condiciones de cada servicio y el correspondiente plan de financiación también aprobado por la Comisión Permanente
Documentación Complementaria:
Las solicitudes de prestación del presente servicio, deberán contener:
- Denominación del Ayuntamiento solicitante y de las Entidades, de él dependientes a cuyo personal se dará acceso a las consultas.
- Nombre de la persona designada como Coordinadora del Servicio y teléfono de contacto.
- Declaración expresa asumiendo los costes para financiar la parte que le corresponda, en proporción a la población del Municipio, del 50% del coste efectivo de los servicios contratados en el ejercicio, salvo renuncia en plazo.
- Autorización expresa a compensar las cantidades no satisfechas por la prestación del Servicio, con cargo a los fondos de entregas a cuenta y recaudación que la Diputación deba satisfacer, de acuerdo con el Convenio de Delegación de Funciones en Materia Tributaria.
Y remitirse, una vez aprobadas por el órgano competente, con la correspondiente autorización y disposición de gasto en su caso, al Área de Personal y Régimen Interior. Servicio de Régimen Interior.
¿Cuándo solicitar? :
Plazo Solicitud Indefinido
Plazo para resolver:
1 mes
¿Qué ocurre si no se resuelve dentro del plazo ?
Su solicitud se entenderá estimada
Coste para el solicitante:
El coste de servicio vendrá determinado en cada ejercicio por la parte que corresponda, en base al número de habitantes del Municipio solicitante respecto del total de población de la provinicia, para financiar el 50% del coste efectivo de los servicios contratados, ya que el otro 50% del coste correrá por cuenta de la Diputación Provincial, quien asimismo asumirá el déficit de aportación Municipal correspondiente a las cuotas que tendrían que aportar los Ayuntamientos que no hayan solicitado el servicio.
Costes que podrán ser diferentes en cada ejercicio, si cambian las tarifas o servicios contratados previo informe de la Comisión Permanente del Convenio Marco.
Atención Presencial:
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA. ÁREA DE PERSONAL Y RÉGIMEN INTERIOR. SERVICIO DE RED PROVINCIAL . C/ NAVARRO RODRIGO, 17 04071 ALMERÍA
admon-e@dipalme.org
TF: 950 211 102
Fax: 950 211 886
Horario de atención Presencial:
Previa Cita laborables de 9 a 14 horas.
Observaciones:
En la actualidad cuenta con los siguientes accesos de consulta:
·
· Aranzadi Digital
· Lefebvre El Derecho
· El Consultor
- Sepin
Modalidades que podrá ser diferentes en un futuro, si cambian los servicios contratados, de conformidad con loque informe la Comisión Prmanente de la Red Provincial.
Plazo de Preaviso para el cese de la prestación: Para el supuesto de que alguna Entidad usuaria quisiera dejar de utilizar el presente servicio o alguna opción que, en su caso supusiera gasto, deberá comunicarlo antes del mes de diciembre, para que surta efectos en el ejercicio siguiente. Todos los usuarios de la Red Provincial de la Entidad, podrán hacer uso del servicio utilizando el correspondiente enlace en la Intranet.
De conformidad con la normativa de protección de datos personales, le informamos que los datos personales que se recogen en este formulario serán objeto de tratamiento en la actividad GESTIÓN DE USUARIOS Y SERVICIOS DE LA RED PROVINCIAL responsabilidad de DIPUTACIÓN DE ALMERÍA con la finalidad de GESTIONAR LOS DATOS PERSONALES DE USUARIOS QUE ACCEDEN A LOS SISTEMAS Y APLICACIONES, ASI COMO DE LOS SERVICIOS QUE SE PRESTAN, A TRAVES LA RED PROVINCIAL DE COMUNICACIONES GESTIONADA POR LA DIPUTACIÓN DE ALMERÍA. , en base a la legitimación de CONSENTIMIENTO, EJECUCION DE CONTRATO. Mas informacion sobre Proteccion de Datos personales en este enlace, en el apartado de privacidad de www.dipalme.org o bien en la oficina de información o dependencia donde realice su gestión. Puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad, siguiendo las indicaciones facilitadas, previa acreditación de su identidad. Con la firma de este formulario, confirmo que he leído y acepto el tratamiento de mis datos personales para la actividad GESTIÓN DE USUARIOS Y SERVICIOS DE LA RED PROVINCIAL
VER ENTIDADES USUARIAS DEL SERVICIO
Normativa Aplicable:
- - Norma Provincial para la Prestación de los Servicios de Administración Electrónica y de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones a los Entes Locales de la Provincia (BOP núm. 48 de 12/03/2019).
- Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las bases del Régimen Local.
Dependencia Gestora:
SERVICIO DE INFORMATICA
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